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V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM) 2008

V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 ACTRICES SOCIALES EN EL ESCENARIO CARCELARIO Estibaliz de Miguel Calvo Universidad del País Vasco RESÚMEN El artículo presenta diferentes perfiles y problemáticas de las mujeres encarceladas desde una perspectiva de género. Lo común a todas ellas es que se encuentran en espacios precarios, alejados de sus lugares de origen y que cuentan con menores actividades formativas. Sometidas a un tratamiento paternalista y estereotipado de género, sus principales preocupaciones derivan de su papel de madres y de sus carencias en las relaciones familiares. La inmensa mayoría provienen de estratos sociales bajos, producto de la selección social, penal y penitenciaria. El eje presencia/ausencia de una pareja masculina en sus vidas parece tener relevancia en sus trayectorias. Al mismo tiempo, muchas mujeres no encarceladas tienen que padecer las consecuencias de la prisión de una u otra manera. Ellas son las parejas, esposas y otras familiares de quienes se encuentran encarcelados y encarceladas. ABSTRACT The article presents several profiles and issues of women incarcerated from a gender perspective. They are situated in precarious spaces, far from their places of origin and they have minor formative activities. Having been submitted to a paternalistic and stereotyped treatment of gender, their main concerns are those of motherhood and their gaps in family relationships. Most of them come from the lowest social status, a product of the social, penal and penitentiary selection. The key presence/absence of a male companion in their lives, seems to be relevant for their development. At the same time, many women, not incarcerated, have somehow to suffer the consequences of the prison system. They are the companions, wives, and other relatives of those incarcerated. 1. INTRODUCCIÓN ¿Por qué hablar de “actrices sociales”? El título del trabajo pretende hacer un juego de palabras tomando las teorías dramaturgicas. Estas plantean que la vida social es un teatro donde los individuos son actores que representan un papel en función del contexto en que se encuentran. Nuestra perspectiva teórica se centra más bien en la sociología crítica feminista. Sin embargo, la metáfora dramaturgica nos sirve para plantear el tema del encarcelamiento desde una perspectiva plural, entendiendo que la cárcel se sufre por las personas que se encuentran “internas” pero también por parte de la red social de la persona encarcelada. Por otro lado, el título pretende hacer una denuncia y una apropiación de un término tan usado en las ciencias sociales como es el de “actor social” siempre en masculino, al tiempo que busca eliminar toda connotación victimista de este colectivo 1 . 2. ENCARCELADAS La población reclusa femenina supone una parte muy minoritaria de la población encarcelada, si bien ha experimentado importantes aumentos en los últimos años en toda Europa. De esta manera, de 1.015 mujeres presas en 1986 en el Estado Español, hemos pasado a 4.730 en mayo de 2005 (DGIP, 2005). Así, los índices de encarcelamiento de mujeres son de los más elevados de Europa (Almeda, 2003). Las mujeres son el último eslabón de la cadena penitenciaria. Las cárceles de mujeres son escasas y no están repartidas homogéneamente por el territorio español; las instalaciones son más precarias y con menos espacio, y existen notables limitaciones para el desarrollo de actividades formativas y de carácter resocializador (Almeda, 2003; Manzanos y Balmaseda; 2003). Las mujeres están encarceladas en tres tipos de dependencias: pequeños módulos, unidades o departamentos en el interior de las cárceles de hombres; pequeñas cárceles dentro de grandes complejos penitenciarios de hombres y los centros penitenciarios exclusivamente femeninos. Hay otros, que son los menos, como unidades dependientes para madres con hijos o módulos mixtos de hombres y mujeres. Existen pocos centros de mujeres y no están repartidos homogéneamente por el territorio. Concretamente en el Estado Español hay actualmente 75 módulos femeninos dentro de cárceles masculinas y únicamente 4 establecimientos exclusivos de mujeres. Manzanos y Balmaseda (2003) 1 Recogemos la sugerencia de Imaz, E. en Biglia y San Martín, 2007:195 Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 1 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 encuentran carencias espaciales, higiénicas y de equipamientos en las cárceles de Nanclares de Oca y Martutene. Almeda (2003) por su parte, constata cómo el módulo de mujeres de la cárcel de Brians es un anexo, una “verruga” dentro del establecimiento penitenciario. Los centros ubicados en cárceles de hombres presentan más problemas que los centros que albergan exclusivamente a mujeres porque los departamentos de mujeres están situados en centros inicialmente concebidos para recluir solamente a población masculina, porque las cárceles de hombres están gobernadas generalmente por un hombre y se suelen priorizar las necesidades de los hombres; y porque no se adaptan a las necesidades de las mujeres, sobre todo si son madres. La ley, por el contrario, da preferencia a establecimientos exclusivos de mujeres donde las condiciones de vida son muy diferentes. (Almeda, 2003). Para Matews (2003) nos encontramos en una etapa de transición en cuanto al encarcelamiento de mujeres, dado que se ha constatado que el modelo masculino no responde a las necesidades de éstas, y que han de soportar un nivel de seguridad excesivo. Las alternativas en términos de reforma provienen de: a) la apertura de prisiones centradas en mujeres, con un bajo nivel de seguridad y que respondan a sus necesidades específicas, b) la creación de prisiones mixtas y c) la reducción o abolición de las prisiones femeninas. Cario (1990) por su parte, también se muestra optimista en cuanto al devenir del encarcelamiento de mujeres en Francia ya que las instalaciones y el tratamiento resultan del todo inadecuados, especialmente teniendo en cuenta la brevedad de las condenas para mujeres en dicho país. Propone hacer uso de las medidas contempladas en el Código Penal, tales como la suspensión, el aplazamiento, dispensa del fallo o de la ejecución de la pena siempre que la reparación de la víctima esté asegurada y el desorden social “asumido”; sanciones de sustitución; mediación/reparación; días multa; trabajos en interés general; suspensión de la ejecución, simple o con puesta aprueba, etc. Además, propone la puesta en práctica de un programa “pena de trabajo de interés familiar” para las mujeres con hijos. Cabe decir, que básicamente todas estas medidas son contempladas en nuestro ordenamiento jurídico, uno de los más progresistas y avanzados en cuanto a medidas alternativas a la prisión; aunque no me muestro tan optimista con los autores citados respecto al futuro inmediato del encarcelamiento femenino. 3. PRECARIZADAS. EXCLUÍDAS Y POBRES El colectivo de presas se compone principalmente de mujeres jóvenes, en precarias condiciones económicas y laborales, sin domicilio propio y con un bajo nivel de instrucción, según demuestran diversos estudios (Almeda, 2002; Cruells e Igareda, 2005; Azaola, 1996). Entendemos, siguiendo las conclusiones del proyecto MIP “Mujeres, Integración y Prisión” (Cruells e Igareda, 2005) que la cárcel excluye principalmente a colectivos que ya poseían algún rasgo de exclusión social y que el encarcelamiento tiene un mayor impacto negativo sobre ellos. Para el proyecto MIP las mujeres que han sido encarceladas sufrían anteriormente algún tipo de exclusión; lo cual está en consonancia con el planteamiento que hacemos en el presente estudio por el cual el sistema punitivo es selectivo con los estratos sociales más bajos y con los colectivos socialmente más reprimidos. Aparece una estrecha relación entre el inicio de la actividad laboral, el abandono de los estudios y la emancipación de la familia. Esta es la caracterización de la carrera delictiva de muchas mujeres encarceladas: salen de casa de la madre y el padre de manera precoz y precipitada, al tiempo que abandonan los estudios y en muchas ocasiones se emparejan. La falta de alternativas les conduce a comenzar un itinerario delictivo, por el que ingresarán en prisión. (Almeda, 2003). Rusche y Kirchheimer consideran que la prisión actúa como una institución que absorbe e idealmente recicla a aquellos que son incapaces o no desean participar en el mercado de trabajo; y es precisamente la mujer quien tiene más dificultades para su inserción en el mercado laboral (Mattews, 2003). Davis y Faith (Larrauri 1994) aportando datos sobre Estados Unidos, constatan los menores ingresos de las mujeres, derivado sobre todo de la desigualdad de salarios, la falta de estructuras para soportar el cuidado de los hijos y el trabajo doméstico, el acoso sexual en el trabajo y las políticas sociales que mantienen a la mujer en situación de dependencia. Identifican el divorcio y la separación como factores que precipitan a las mujeres a situaciones de pobreza. La dependencia económica relega a las mujeres a una situación de infantilidad social, en un contexto en que la dependencia económica otorga el status de adulto. En todos los informes nacionales del proyecto MIP se destacó el escaso nivel educativo de las mujeres reclusas en general (Cruells e Igareda, 2005), y llama la atención que las expectativas de trabajo que las presas tienen a la hora de su salida de prisión sea en puestos precarios y/o relacionados con su rol de cuidadoras (Manzanos y Balmaseda, 2003): hostelería, limpieza y cuidado de personas dependientes. A este respecto, hay que tener en cuenta que en el Estado Español existen ayudas económicas para el empleo de mujeres en ámbitos tradicionalmente masculinos. Esto puede convertirse en una importante oportunidad de trabajo remunerado para estas mujeres, si reciben una orientación y formación ajustada a las necesidades del mercado de trabajo, y a las medidas de discriminación positiva. Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 2 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 4. INFANTILIZADAS Varios autores (Almeda 2002, 2003; Manzanos y Balmaseda, 2003; Cario 1989) constata que en las cárceles de mujeres hay menor oferta de programas rehabilitadores y en numerosas ocasiones desarrollan trabajos rechazados por centros de hombres por mal remunerados o penosos. Los cursos son de contenido menos variado e implican un menor estatus laboral. Almeda (2002, 2003) relaciona este abordaje de la realidad de las mujeres encarceladas con las tesis de Lombroso y Pavarini, provenientes del positivismo penal y criminológico del siglo XIX, cargadas de valoraciones sexistas y estereotipadas de la delincuencia femenina. Según estas concepciones, la mujer delincuente viene a ser algo así como un ser monstruoso, dado que no sólo ha trasgredido las leyes sino la expectativa derivada de su rol social de género. En opinión de Almeda, estos planteamientos permanecen operando en el inconsciente colectivo y en los profesionales encargados del tratamiento de las personas presas, en particular. La siguiente declaración de un profesional de la prisión resulta muy ilustrativa: La vida emocional es muy importante para las internas, necesitan más de la afectividad y la expresan entre ellas, con los técnicos…además como mujeres están más marcadas por la biología. Son menos respetuosas que los hombres en su trato con los demás, precisamente por ser más emocionales. Por ello es muy importante enseñar habilidades sociales a las internas, son mujeres sin ninguna cultura, hablan a gritos. (Defensor del Pueblo Andaluz, 2006: 123) El tratamiento penitenciario está caracterizado por la domesticidad, la feminización y el infantilismo: la menor oferta de actividades para las mujeres aboca a éstas a la inactividad, y las actividades que se proponen refuerzan el papel tradicional de la mujer (costura, peluquería, jardinería, planchado, etc.). Abundan en mayor medida que en los módulos de hombres las actividades de apoyo moral y psicológico así como de formación en maternidad y ámbito doméstico (Almeda, 2003). Analizando las medidas de re-integración de estas mujeres en la sociedad, la asociación Surt concluye que la mayoría de las existentes hoy en día en las prisiones europeas son inadecuadas porque: las oportunidades de trabajo que se ofrece dentro de prisión no proporcionan a las presas las competencias profesionales útiles en el mercado de trabajo; las oportunidades de formación y educación dentro de prisión no contribuyen suficientemente a la adquisición de formación necesaria tras la salida de prisión; las mujeres no reciben suficiente preparación y apoyo para regresar a sus familias y a la comunidad sin problemas; y los programas que se ofrecen en prisión presentan importantes diferencias de género, lo queuchas veces refleja y refuerza los roles tradicionales de género (SURT, 2005). Al tiempo que el proceso de encarcelamiento tiene un impacto negativo sobre las competencias necesarias para la reinserción (Cruells e Igareda, 2003) 5. CAUTIVAS Tomamos el término acuñado por Lagarde (2005) para reflejar la opresión específica de las mujeres que se concreta en: Madresposas El sistema penitenciario no atiende a las necesidades específicas de las mujeres presas, a excepción de la maternidad, reforzando así el papel tradicional de la mujer como madre y cuidadora. Un rasgo común entre las mujeres encarceladas, que claramente lo diferencia de los hombres presos y expresos, es el peso de la familia tanto porque sobre ellas recae la responsabilidad de la crianza de los hijos, como por el deseo de encontrar pareja y formar una familia, entre las mujeres jóvenes. Almeda (2003) llama la atención que en el caso de los hombres, la familia y la crianza de los hijos e hijas parece una circunstancia ni existente ni relevante. Los hijos que no permanecen con la madre en una minoría de ocasiones están con su padre. Más habitualmente permanecen con la familia materna, trasladándose así el cuidado a las otras mujeres de la familia. Así, en el estudio del Defensor del Pueblo Andaluz (2005), casi un 40% de los hijos de las internas está con la familia de origen materna, mientras que un 20% se encuentra con el marido o compañero. Al ser la mujer el eje sobre el que gravita la familia, el encarcelamiento supone en numerosas ocasiones desestructuración del núcleo familiar, ruptura de relaciones de pareja y, como señalábamos, debilitamiento de vínculos con los hijos (Almeda, 2003). En nuestro marco jurídico 2 , la Ley Orgánica General Penitenciaria en su artículo 38 y en los artículos 2 Para un marco legal más exhaustivo, el Informe del Defensor del Pueblo Andaluz (2005) en sus apartados 2.3 “Marco jurídico general de las instituciones penitenciarias en España” y 9 “Ejercicio de la maternidad en prisión: estancia de los niño menores de tres años”. Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 3 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 17 y 178 a 181 del Reglamento Penitenciario regula la presencia de los menores de 3 años en los centros y establecimientos penitenciarios. Así, los niños y niñas están distribuidos en tres tipos de dependencias (Jabardo, 1993): En centros penitenciarios ordinarios dentro del departamento de mujeres; centros con unidad de madres; unidades independientes de los departamentos de hombres y mujeres con dependencias específicas para las madres y los hijos. Además, existen unidades dependientes para madres con hijos ubicadas en viviendas normalizadas de la localidad (art. 180 del Reglamento Penitenciario).Con ellas se busca una mayor integración en el ámbito laboral y escolar. Aún siguen siendo elementos residuales dentro del entramado penitenciario y tienen la limitación de ser dependientes de la institución penitenciaria. Una opción para el ejercicio de la maternidad y paternidad son los denominados módulos mixtos, a los que pueden ser destinados hombres y mujeres. Sin embargo, son escasos entre las dependencias penitenciarias, y tienen como desventaja añadida que siguen suponiendo una opción de encierro. Diversos estudios dan cuenta de las consecuencias que tiene para las criaturas la estancia en prisión. Jiménez y Palacios (1998), encuentran que los niños y niñas experimentan desarrollos deficitarios especialmente en aspectos relacionados con el aprendizaje social y las tareas sociales cotidianas (caminar por la calle, subir a un autobús, relación con la familia extensa, contacto con hombres, etc.). Y Almeda (2003) menciona el fenómeno psicológico de la “prisionización” también para los pequeños. Una vía que ha de explorarse es la posibilidad que existe en otros países como Francia, Italia y Grecia de aplicar medidas que acorten la estancia en prisión, no sólo para madres sino también para padres que demuestren tener asumida la tutela del menor (Defensor del Pueblo Andaluz, 2005). Varios autores (Jiménez y Palacios,1998; Naredo, 1999; Almeda, 2003) ante el debate sobre lo que es mejor para los hijos e hijas; si permanecer con la madre o vivir en libertad, concluyen que la verdadera solución tendría que venir de no hacer optar a las madres, sino que éstas tuvieran la posibilidad de permanecer en unidades dependientes, pisos tutelados o permisos para la crianza de los hijos e hijas en la mayor libertad posible. Naredo además denuncia que la preocupación principal de la Administración ante la situación de las madres con hijos o hijas es la propia criatura, sin prestar atención a la madre presa: Esta falta de atención refleja, por un lado, que a las necesidades de las mujeres se les concede escaso valor en una sociedad en la que lo femenino sigue estando infravalorado y lo masculino continua siendo el referente privilegiado. Pero además, significa que a la mujer reclusa, en tanto que criminal o presunta criminal, no se le presta credibilidad como madre. (1999:199). Para esta autora, cuando se plantea que ha de velarse por el interés del menor, se está haciendo un debate incorrecto, ya que el choque de intereses no está entre la criatura y la madre, sino más bien entre ambos y el Estado, que opta sistemáticamente por mantener encarceladas a estas mujeres. La raíz del problema es el castigo desproporcionado que el Estado impone a estas mujeres. Esta autora pregunta por qué se ejerce una reacción tan dura sobre personas a las que no se ha garantizado una vida digna. La cultura de las mujeres en la cárcel está influenciada por su identidad como madres (Mattews, 2003). Si las dinámicas del encarcelamiento tienden a crear infantilismo y dependencia; se producen fenómenos paralelos contradictorios entre las actitudes de responsabilidad esperables como madres y el ambiente infantilizante de la cárcel. De este contrasentido da cuenta también Naredo (1999). El encarcelamiento suele traer variaciones en sus situaciones de pareja. Muchas de ellas romperán su relación, otras emprenderán una nueva con hombres que se encuentran en la cárcel. Un elemento relevante son las circunstancias en que se producen los encuentros íntimos “vis a vis”. Algunas mujeres le confiesan que se sienten objetualizadas: Te ponen unas sábanas de papel que son de usar y tirar y tenemos cierta intimidad, las sesiones duran dos horas. Pero yo por eso me siento mal, no porque no tenga ganas, es que sólo el hecho de estar allí con tu pareja que no quiere decir que vayas a hacer el amor, es que es algo tan frío, forzado. (…) Aquí en Brians aún es pasable, porque cuando tú llegas él ya está aquí, y porque es la misma cárcel, pero en Wad Ras hacen los vis a vis en la Modelo y te tienes que desplazar. Eso es verdad, te sientes como una prostituta, nosotras mismas ponemos de nuestra parte y lo hacemos mucho más fuerte de lo que es. ¿Tú sabes lo que es montar en un furgón a treinta personas?, que la que no va pintadita va con su minifalda y tal, que nos pasean por media Modelo diciendo « ¡Ala! Aquí tenéis esposadas de dos en dos» y los tíos « ¡Ala, a pasarlo bien! ¡Aquí tenéis la mercancía!» (Almeda 2003:106). Otra razón de separación es que el hombre no quiere continuar tras el encarcelamiento de ella. Por contraste, un estudio de la asociación ZUBIKO (2004) a parejas de hombres encarcelados constata los altos niveles de fidelidad de ellas. En la mayoría de casos, no contemplan la posibilidad de abandonarles, ya que lo consideran una traición. Tienden a priorizar las necesidades de ellos sobre las suyas propias; cuando precisamente ellas sobrellevan la carga familiar y económica, además de numerosas gestiones derivadas de su encarcelamiento. Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 4 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 En ocasiones, las mujeres presas han comenzado a consumir y a delinquir de manos de sus parejas, casos que aparecen precisamente en mujeres que no tienen antecedentes delictivos en las familias de origen. Muchas son cómplices y encubridoras de delitos de la pareja. Sin embargo, está aún por determinar con mayor claridad los niveles de encubrimiento de estas mujeres hacia sus parejas y familiares. El Defensor del Pueblo Andaluz (2005) recoge los testimonios de profesionales que dan cuenta de este fenómeno. En cambio, el informe Barañí (2001) desmiente este caso para las mujeres gitanas, que más bien se reparten los papeles delictivos por razón de género. Una ruptura de pareja reciente y cargas familiares, generalmente hijos e hijas, aparecen frecuentemente como los desencadenantes de la actividad delictiva. No obstante, el informe español del proyecto MIP (Cruells e Igareda, 2005) matiza esta aseveración destacando que son las mujeres las primeras responsables de la obtención de recursos, y que los hombres están ausentes o desempeñan un papel pasivo. De esta manera, el modelo no responde a una organización tradicional familiar de establecimiento de roles en función del género, sino que es matrifocal. Lo que si ocurre es que las mujeres no ejercen el poder que las situaciones les permitirían. Y es en todas las nacionalidades donde se presenta la desvinculación con un hombre. A este respecto, consideramos que ambas premisas no son excluyentes. De hecho, parece darse simultáneamente a ausencia de un hombre o su rol periférico, al tiempo que parecen existir elementos que indican unos patrones de cierta dependencia emocional. Quizás se trate no tanto de una necesidad material, si encontramos que de una manera u otra, solas salen adelante, como de una expectativa cultural aprendida a la que las mujeres debemos responder o una percepción engañosa sobre el papel que el hombre desempeñará en la pareja: El entorno de muchas mujeres que salen de prisión es paradójico. Se busca la presencia de un hombre, de una pareja de forma central, a la vez que el apoyo para la resolución de las necesidades lo encuentran principalmente en otras mujeres. Se podría decir que mientras el apoyo simbólico está en el hombre, el apoyo práctico se encuentra en otras mujeres. (Edis 2004:85) Podría decirse, citando a Lee Bartly, que la falsa conciencia engendrada en las mujeres por la ideología patriarcal está en la base de la subordinación (Larrauri 1994). La prisión puede aparecer con un momento para “tocar fondo”, puede suponer la curiosa “ventaja” estar alejadas de su entorno, y que tener la posibilidad de tomar conciencia de su propia situación (Almeda 2003; Edis 2004; Barañí, 2001). La mayoría de las mujeres que entrevistó Almeda (2003) en la cárcel de Brians confesaba en esta situación que no habían conseguido sus ideales de pareja, más bien al contrario, opinaban que por culpa del tipo de relación de pareja que habían mantenido acabaron en el mundo de la delincuencia. Putas La asociación Aprampt (2005) recoge las conclusiones de diversos estudios que hablan de que las circunstancias que favorecen el ingreso en el mundo de la explotación sexual son los malos tratos, carencias afectivas fruto de una ruptura de la unidad familiar, analfabetismo, drogodependencias, condiciones vigentes del fenómeno migratorio, graves necesidades económicas, maternidad de adolescentes, ausencia de respaldo social o familiar en determinados momentos de sus vidas, etc. Apreciamos pues que las mujeres encarceladas reúnen muchas de las circunstancias que les pueden conducir a la prostitución, ahora con el elemento añadido de la condición migratoria. Las consecuencias para estas mujeres son palpables, especialmente en los casos de quienes están encarceladas dado que confluyen varios elementos de estigmatización. Resulta difícil determinar los datos de mujeres encarceladas que se prostituyen o se han prostituido. Almeda (2003) aprecia que una tercera parte de las mujeres que entrevistó en la cárcel de Brians (Barcelona) se había dedicado a la prostitución. Y el informe Edis (2004) recoge que un 26,9% de las “ocupaciones” que desempeñan las mujeres expresas estudiadas es la prostitución. Parece que la toxicomanía es un eje relevante a la hora de prostituirse. Será necesario seguir analizando estos aspectos, y ahondar en las relaciones entre violencia, toxiconamía y prostitución. Locas Las mujeres representan un colectivo residual dentro del sistema penal y penitenciario. La trasgresión de las leyes no es un fenómeno relevante entre las mujeres. ¿A qué se debe esta menor criminalidad? Esto se debe a un elemento claro de género: el control informal es mucho mayor hacia las mujeres, principalmente a través del ámbito doméstico (Larrauri, 1994). Sólo en casos de excepcional desviación social ha de tomar parte el control formal. De esta manera, la mujer delincuente es percibida como monstruosa, como una no-mujer, dado que ha transgredido tanto las leyes como las expectativas sociales Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 5 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 con respecto a su rol de género. Para comprender el encarcelamiento de las mujeres, control formal e institucionalizado por excelencia, es preciso aproximarnos al contexto social donde opera el control informal de forma peculiar hacia las mujeres y el funcionamiento no explicito del control formal del sistema penal. Tratar sobre mujeres que transgreden leyes nos remite inevitablemente a las normas, usos y costumbres sociales, al tiempo que nos habla de las expectativas creadas hacia su rol de género. Larrauri constata esa relación entre lo protegido por el derecho penal y la forma en que está estructurada la sociedad actualmente (Larrauri 1994). Los estudios sociológicos han contribuido a mantener las creencias dominantes en la definición de desviación, tal y como señalan Davis y Faith (Larrauri 1994), de tal manera que: para explicar la desviación femenina se usan estereotipos sobre los roles de género; y la interpretación más común de la desviación femenina es la inadaptación o la patología, y raramente se evalúa positivamente la trasgresión de las mujeres. 6. ENFERMAS Y TOXICÓMANAS El estado de salud en prisión de las mujeres presas sufre una gran influencia de las condiciones sociales previas al encarcelamiento. Algunas de ellas, dado su deteriorado estado de salud previo al ingreso experimentan una mejora, pues tienen la oportunidad de acceder a recursos sanitarios con que antes no contaban. Sin embargo, el estado de salud general del colectivo de mujeres presas es muy negativo: a los trastornos físicos y psicológicos derivados de las condiciones de vida, se le suman los padecimientos psicológicos derivados de la ruptura con los lazos familiares, y las graves deficiencias de atención sanitaria en los centros penitenciarios (excesiva medicalización, falta de abordaje global, escasez de tratamiento psicológico, deficiencias de atención ginecológica y en anticoncepción) (Cruells e Igareda, 2005). SURT (2005) plantea que la excesiva medicalización de la población penitenciaria femenina se debe a la escasez de personal, al uso de la medicación como mecanismo de control y a los estereotipos de género por los cuales las mujeres son por naturaleza más propensas a enfermedades mentales, más histéricas, sensibles y depresivas. Como hemos señalado anteriormente, hay una importante presencia del problema de la toxicomanía en este colectivo. De hecho, los informes de España y Alemania de la investigación encuentran que el número de mujeres que desarrollaba una carrera toxicómana es alarmantemente alto (Cruells e Igareda, 2005). Incluso, entre las mujeres gitanas se encontró una relevante presencia de consumo de drogas (Barañí, 2001). De esta manera, podemos hablar de dos perfiles claramente diferenciados, según hablemos de mujeres consumidoras de drogas o no consumidoras (Almeda, 2003) Las mujeres toxicómanas en general, dentro del ámbito de la exclusión, tienen más posibilidades de tener o haber tenido alguno de los siguientes rasgos: sin hogar, prostitución o cárcel. A ello, hay que añadir que el rechazo social es mayor para cualquiera de los casos. VIOLENTADAS Son escasos los datos referentes a los malos tratos sufridos por las mujeres presas y el contexto en que éstos se sufren. Contamos con un estudio específico desarrollado por la asociación SURT (Cruells, Torrens e Igareda, 2005) en las cárceles catalanas a 199, casi la mitad de las mujeres encarceladas, a través de entrevistas en profundidad. Encuentran que un 88.4% había sufrido alguna de las modalidades de violencia o una combinación de varias de ellas: física, psicológica, sexual, social3 y económica 4 . Ello nos indica que la magnitud del problema de la violencia hacia estas mujeres es bastante mayor de lo estudiado hasta ahora. Constatan que frecuentemente se mezclan diferentes tipos de violencia, y que si se tienen en cuenta las variables de edad, etnia, origen y consumo de drogas, no hay especiales diferencias. Esto viene a desmentir la creencia de la existencia de una tipología de mujer maltratada o de unos rasgos personales propios de mujeres susceptibles de sufrir malos tratos. En todas las formas de violencia se encuentran altas tasas de gravedad, al igual que se trate en el ámbito comunitario o familiar. Las agresiones sexuales eran en su mayoría consumaciones, más que intentos de violación. En un alto porcentaje, las agresiones son sistemáticas. Existen diferencias entre las mujeres consumidoras de drogas y las no consumidoras: éstas últimas han sufrido violaciones en más proporción fuera del ámbito familiar y han sido violadas en más ocasiones. Otro dato relevante es que el 25% de las entrevistadas 3 7. Definen violencia social como “aquellos actos que restringen la red social de la mujer. Incluye aislar a la mujer de su familia y amigos, humillaciones públicas que avergüencen e inhiban a la mujer en sus relaciones u obligarla a vestirse de determinada manera”, p.9 4 “Violencia económica son aquellos actos que limitan o impiden a la mujer el acceso a los recursos o que la exploten económicamente, p.9 Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 6 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 sufrió abusos siendo menor, un alto porcentaje de manera continuada. Estas mujeres denunciaban la falta de apoyos a la hora de sacar a la luz lo que les estaba sucediendo. No cabe duda que sobre las agresiones sexuales en el ámbito familiar aún hay un amplio campo por explorar, e innumerables resortes de apoyo que poner en marcha, tanto para los familiares de las víctimas, como para los recursos comunitarios, así como en la línea de la prevención de las violaciones. La violencia física, como decíamos, tiene una gran incidencia dentro del ámbito doméstico y en muchas ocasiones se combina con violencia sexual. Las agresiones psicológicas se manifiestan junto con otros tipos de violencia. De hecho, en el 83% de los casos estudiados aparece con la violencia física. Manejar las cifras en el tema de la violencia contra las mujeres siempre resulta dificultoso, dada la complejidad del fenómeno. No obstante, comparando las cifras de malos tratos de la población general, parece desprenderse la enorme sobrerrepresentación de las mujeres presas5 . Las consecuencias de todo ello, son un fuerte impacto psicológico y emocional, que contrasta con los escasos recursos con que cuentan estas mujeres. Algunas llamaban la atención sobre la contradicción que supone que el tratamiento psicológico dentro del centro penitenciario sea desarrollado por personal de la propia institución penitenciaria, que tiene además un rol de control. Denunciaban también el abordaje excesivamente medicalizado de la atención psicológica en los centros penitenciarios; lo cual puede reforzar el mecanismo de muchas de ellas de utilizar el abuso de sustancias para soportar el sufrimiento producido por la violencia. No hay que olvidar que aunque sea muy necesario un tratamiento psicológico de estas mujeres, la raíz del fenómeno de la violencia contra las mujeres es estructural y como tal ha de entenderse. En la mayoría de los casos se han encontrado con un apoyo casi nulo de esta problemática desde la institución penitenciaria y de limitados soportes desde los recursos comunitarios. La red social y familiar parece ser la más socorrida, pero no por todas, ya que muchas sentían vergüenza y miedo ante las reacciones que su relato pudiera suscitar. Uno de los aspectos más novedosos de los que da cuenta el estudio de la asociación SURT es la relación entre delito y violencia. Un numeroso grupo de ellas había sido forzada por parte de los agresores a cometer delitos. La violencia sobre estas mujeres es un factor que se convierte en un agravante fundamental en la espiral de la exclusión social determinando y restringiendo las estrategias de supervivencia y elecciones personales antes de cometer el delito (Cruells, Torrens e Igareda, 2005:40). El Informe del Defensor del Pueblo Andaluz (2005) da cuenta de que un 78% de los profesionales entrevistados consideran que son frecuentes los casos de “violencia doméstica”. El mismo informe denuncia que los funcionarios han recibido escasa o nula formación respecto a la violencia contra las mujeres. 8. GITANAS Y EXTRANJERAS. MUJERES DE LAS MINORÍAS Extranjeras Existe una más que considerable proporción de mujeres extranjeras en las prisiones. En mayo de 2005 son un 30,6% de la población femenina, según la Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Se constata un fuerte aumento de la proporción generalizado en toda Europa debido al endurecimiento de las políticas de extranjería y a la criminalización de los países productores de droga (Ribas, Almeda y Bodelón, 2005). El perfil es diferente en el caso de las mujeres que de los hombres. La mitad de los hombres extranjeros son del Magreb mientras que las mujeres tres cuartas partes provienen de América Latina, principalmente de Colombia. Casi la totalidad de mujeres extranjeras encarceladas lo está por delito contra la salud pública, lo cual implica condenas elevadas (Almeda, 2003; Ribas, Almeda y Bodelón, 2005; Naredo, 2005). Asistimos de esta manera a las grandes contradicciones de las medidas penales y penitenciarias contra el tráfico de drogas, que no han conseguido reducir su demanda mientras suponen un alto coste de encarcelamiento. Ribas, Almeda y Bodelón (2005) describen dos perfiles predominantes de mujeres presas extranjeras: las latinoamericanas, mayoritariamente colombianas que suelen ser interceptadas en el aeropuerto con cantidades relevantes de droga; y las procedentes de Marruecos. Las mujeres extranjeras implicadas en tráfico no suelen ser drogodependientes. En la medida que su conducta ha sido organizada por una red, resulta especialmente penada. De esta manera, asistimos a la criminalización de los países productores. 5 Cruells, Torrens e Igareda, toman la “macroencuesta de violencia contra las mujeres” referida al Estado Español, que refleja que un 12,4% de las mujeres en 1999 sufrió violencia en el ámbito doméstico, frente al 80,4% de las mujeres encarceladas. Sin embargo, se ha de poner en cuestión el resultado de la encuesta, ya que la técnica de entrevista telefónica no es la más adecuada para acercarse a este fenómeno. De hecho, otras fuentes aportan cifras significativamente más elevadas. Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 7 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 Es importante analizar este fenómeno en procesos más globales como la segunda ola de inmigración a la que asistimos en Europa, que ya no es basada en el modelo de “trabajador invitado” que acude a un país a trabajar por un tiempo y vuelve, sino que tiene vocación de permanencia y estrategias de reagrupación familiar; y en las políticas cada vez más restrictivas y criminalizadoras de entrada de extranjeros de países empobrecidos en el continente. Para este y otros procesos relacionados con las mujeres presas, los cambios en las políticas de bienestar, que paulatinamente van sustituyendo el bienestar por mayores medidas de control (Ribas, Almeda y Bodelón, 2005). Por otro lado, en este fenómeno, como en tantos otros acontecimientos sociales, se produce una construcción de la imagen de la “mujer correo” como eje de las políticas antidroga. La idea que las mujeres como víctimas del cartel es engañosa, la percepción de ellas no es de ser pobre sino de querer mejorar su situación; y no es posible asimilar la estructura del tráfico con una estructura piramidal, sino que lo que surge como un negocio entre personas conocidas que va extendiéndose a otras personas. Sin embargo, el estereotipo social se empeña en presentarles como victimas engañadas de unas mafias; imagen que desvía la atención, desde las políticas punitivas y migratorias, hacia las mujeres correo y la estructura mafiosa. Un elemento a destacar es que en todas las nacionalidades hay una presencia importante de la desvinculación con un hombre. Una ruptura de pareja reciente y cargas familiares, generalmente hijos e hijas, aparecen frecuentemente como los desencadenantes de la actividad delictiva. Estas mujeres se consideran trasgresoras por su propia cultura (Ribas, Almeda y Bodelón, 2005) y sufren una triple discriminación, como mujeres, como presas y como extranjeras tanto en el ámbito penal como en el penitenciario. En cuanto al ámbito penal, las mujeres extranjeras son sancionadas con severidad, reciben una desproporcionada sanción de la conducta de las mujeres correo. Desde una concepción de culpabilidad etnocéntrica, las mujeres correo sufren una doble sanción por tráfico y contrabando y son usadas como chivo expiatorio de las políticas criminalizadoras, como elementos fácilmente identificables. De esta manera, se ha producido un crecimiento de las detenciones totales y en particular del número de mujeres detenidas en el Estado Español. En cuanto al ámbito penitenciario, Ribas, Almeda y Bodelón apuntan la necesidad de una sociología jurídica de la prisión que describa el funcionamiento real de la institución penitenciaria para evitar que estas mujeres tengan que padecer una triple condena. Constatan que sufren la denegación sistemática de permisos de salida a causa de lo que se considera falta de arraigo. Un rasgo definitorio de este perfil de población encarcelada es la autoimposición de disciplina como medida de defensa ante la institución penitenciaria. Suelen trabajar en los talleres productivos y presentan buena conducta ante sus compañeras y las funcionarias. Su percepción es que están deficitariamente informadas sobre su situación procesal y los derechos que les asisten. Las comunicaciones y visitas son uno de los aspectos más criticados, por no ser adecuado el horario y suponer un gran costo económico. Además, no hay programas de tratamiento específicos dirigidos a su condición de personas migrantes y mujeres; las actividades y cursos formativos son insuficientes, a menudo inútiles y poco motivadores, y como hemos comentado en anteriores apartados, hay una discriminación hacia las mujeres a este respecto. Como conclusión, las políticas antidroga suponen una sanción penal desproporcionada y selectiva, y vulnera la finalidad de la sanción penal. Así, la prisión perpetúa su aclamado papel histórico sancionando con todo su rigor a uno de los colectivos más vulnerables de nuestro tiempo (Ribas, Almeda y Bodelón, 2005). Gitanas Menos estudiadas han sido las mujeres gitanas encarceladas a pesar de que el pueblo gitano es un colectivo que lleva siglos entre nosotros. Más del 20% de las mujeres presas son gitanas en el Estado Español. Ellas también sufren una triple criminalización, por ser pobres, gitanas y mujeres. Son un ejemplo de desproporción punitiva donde entra en juego la construcción del delito, la construcción del delincuente y el carácter selectivo de las instancias de control penal, al mismo tiempo que resulta un colectivo invisible. La situación del colectivo gitano en la sociedad influye en la criminalización de las mujeres gitanas. Un pueblo que no es apreciado en su heterogeneidad y se identifica como criminal. Sin embargo, la mayoría de las mujeres criminalizadas no son marginadas en su propia cultura (Barañí, 2001; OSPDH, 2006). El informe español del proyecto MIP (Cruells e Igareda, 2005), al igual que el informe Barañí (2001), contextualiza la realidad de la comunidad gitana en los cambios económicos, legislativos y políticos que llevaron a un aumento de la exclusión social de este colectivo a partir de la década de los 70. Los asentamientos segregados de gitanos en la década de los 80 están cada vez más asociados al tráfico de drogas. Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 8 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 El Informe Barañí constata que los delitos por los que son encarceladas son en su mayoría contra la salud pública y que un porcentaje significativo de las mujeres gitanas encarceladas consume drogas (49%). La reincidencia, aun siendo más baja que los hombres, es ligeramente más elevada que la media de mujeres encarceladas; el tiempo medio de condena es muy largo (6,7 años) y una tasa elevada tiene a sus parejas en la cárcel y/o a otros familiares. Al igual que el resto de la población penitenciaria femenina, viven con gran intensidad el drama de la separación de los hijos. Estas mujeres, en contra de las creencias más extendidas, son capaces de reflexionar sobre las relaciones y los roles de género dentro de su propia comunidad, e identifican que son desventajosas para las mujeres; incluso entre las más jóvenes se pone en cuestión la autoridad masculina y hay un cambio en las relaciones de género. (Barañí, 2001): Atención merece el papel de la droga en el proceso de encarcelamiento de estas mujeres, ya que la venta de droga ha sido una salida a la marginación en el mercado laboral, de tal manera que existe una división sexual del tráfico de drogas: la mujer de la casa es la proveedora y el hombre vigila. Algunas, generalmente la más jóvenes son consumidoras de drogas, por lo que tienen diferentes patrones de comisión de delitos. En el discurso de las gitanas, se justifica el consumo del varón, pero la de la mujer se ve como una irresponsabilidad, que les lleva a un extrañamiento respecto de la comunidad y un alejamiento de los roles. La cárcel es vivida para todas ellas como un punto de inflexión en la trayectoria vital: cambios de costumbres, ruptura con la pareja o abandono del marido; y alejamiento de la tradición gitana (Barañí, 2001). 9. OTRAS ACTRICES: LAS FAMILIARES DE PERSONAS PRESAS El estudio del Observatorio del Sistema Penal y Derechos Humanos (2006) en Cataluña trata específicamente las repercusiones del encarcelamiento en las familias, concretamente en las figuras femeninas. El encarcelamiento produce consecuencias económicas, laborales, de salud, psicológicas y de organización para el entorno familiar. El principal impacto que las figuras femeninas familiares tienen que sufrir es el contacto con la institución penitenciaria. La cárcel es un medio ajeno que resulta extraño para quien entra en relación por primera vez. Denuncian que en general no se produce un trato digno por parte del personal penitenciario y que padecen numerosos inconvenientes derivados de lo estricto de las normas de la prisión. Sin embargo, se encuentran indefensas ante las vulneraciones de derechos por el temor a que la persona interna sufra represalias. El ingreso de alguien en prisión trae consigo una perdida de poder adquisitivo familiar. La persona interna rara vez puede acceder a un taller productivo o destino que le reporte dinero para su mantenimiento, dada la escasez de plazas. Por ello, es la familia la encargada de su sostenimiento. Esto resulta más flagrante si tenemos en cuenta que las personas que ingresan en prisión suelen provenir de estratos económicos muy bajos. En cuanto a las problemáticas de orden sanitario, los familiares se encuentran impotentes ante las carencias de atención sanitaria de la institución para la persona interna y la falta de atención adecuada en casos de hospitalización y muerte. Al mismo tiempo, ellas y ellos mismos tienen que padecer consecuencias psicológicas tanto en el momento del encarcelamiento del familiar como a la hora de reorganizar el hogar a su salida de prisión. Se encuentran algunas diferencias por razón de género. De esta manera, el estudio de OSPDH (2006) constata que las visitas son más frecuentes por parte de figuras femeninas familiares cuando el preso es hombre, y que se suele dar un fenómeno de autocastigo por parte de las mujeres que tienen a su pareja encarcelada, limitando sus espacios de ocio y diversión. Esto también fue constatado por Zubiko (2004), que también dejaba constancia de la dependencia emocional de las parejas en el exterior. En los casos en que la persona presa pierde el apoyo familiar, la madre es la que puede quedar como único punto de apoyo. En definitiva, ...existe un marcado rol de género en relación al acompañamiento, el cuidado y el apoyo a la persona encarcelada, culturalmente asignado a las mujeres. Son las mujeres (madres, parejas o hijas) las que se hacen cargo de las visitas, aguantan las esperas y perpetúan los nexos afectivos entre el preso/a y la familia (OSPDH, 2006:155) 10. CONCLUSIONES La institución penitenciaria es un ámbito donde se traslucen de manera clara las desigualdades por razón de género, y donde afectan de manera más intensa, dada la confluencia de varios ejes de vulnerabilidad. Al mismo tiempo, se reproducen y agudizan las situaciones de vulnerabilidad y exclusión social para las mujeres presas, colectivo que pone de manifiesto la gran distancia entre la función teórica de la prisión y sus verdaderas funciones sociales. Citar: De Miguel, Estibaliz (2008): Actrices sociales en el escenario carcelario en V Congreso Internacional de la Asociación de Estudios de Mujeres (AUDEM). Sevilla: ArCibel Ed. ISBN: 978-84-96980-29-7 9 V Congreso Internacional AUDEM “Feminismos e Interculturalidad” 2008 Este escenario es interesante para explorar los mecanismos sobre los que operan los resortes patriarcales, y cómo la mujer es un elemento inesperado y doblemente trasgresor dentro del sistema penitenciario y dentro del ámbito público, que se entiende es terreno masculino. La política penitenciaria es sexista en cuanto que no atiende las necesidades y circunstancias específicas, y en cuanto que trata igual a lo que es diferente, ya que su perfil difiere de los hombres en cuanto a las circunstancias sociales, el contexto de comisión del delito, el padecimiento de la prisión y las oportunidades a la hora de salir. Asimismo, la intervención está cargada de estereotipos sexistas y de un enfoque individualista que les hace llevar una mayor cara social negativa y un estigma. Se han introducir variables que permitan dar cuenta de la realidad de las mujeres presas como pobres, trasgresoras, madres, drogadictas, inmigradas y minorías. Y analizar el fenómeno en la intersección entre el nivel “macro” de los elementos estructurales y el nivel “micro” de las relaciones familiares y el nivel psicoafectivo. Es necesario adentrarse en los elementos culturales que están siendo la base para la asunción de relaciones de pareja y familiares demarcado corte patriarcal, al tiempo que encontrar las estrategias que están permitiendo a estas mujeres salir adelante prácticamente solas, y llevando la responsabilidad familiar. Todo ello con el fin de poder plantear medidas políticas que aborden las cuestiones específicas de sobrecarga y falta de oportunidades para este colectivo. BIBLIOGRAFÍA CITADA ALMEDA, E. (2003): Mujeres encarceladas. Barcelona, Ariel. APRAMT (2005): La prostitución. Claves básicas para reflexionar sobre un problema. En www.apramt.com AZAOLA, E. 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